Arraigo Social En EspañA: 14 Dudas Usuales Resueltas
¿Llevas tres años de forma ilegal en España y te gustaría regularizar tu situación para lograr la residencia? Pues mediante el procedimiento de arraigo social lo tienes muy fácil. En este artículo te enseñamos todo lo que tienes que saber sobre esta clase de autorización de vivienda por circunstancias excepcionales. Y lo haremos resolviendo las dudas más frecuentes. ¿Estás listo/a?
El arraigo social es un permiso de vivienda y de trabajo temporal desarrollado para aquellas personas que llevan viviendo un mínimo de tres años en España y que se hallan en situación irregular. Es una de las formas más fáciles que tienen los inmigrantes de conseguir regular su situación.
Y todo ello sin necesidad de pedirlo desde su país de origen. Pues mediante este proceso se puede entrar como turista al territorio de España, vivir a lo largo de los 3 años requeridos, y lograr los papeles posteriormente. Todo esto si cumplimos con los requisitos que veremos en este blog post.
Este procedimiento está regulado por la , y el .
Deberás haber continuado a lo largo de un mínimo de tres años. De los tres géneros de arraigo, este es el que presenta un requisito temporal mayor (son solamente dos años para el arraigo laboral y ninguno para el familiar).
Además, es esencial que a lo largo de ese plazo no te hayas ido del país (o sea, no registres ausencias) durante más de 120 días.
Los requisitos para solicitar este tipo de arraigo son diferentes según la Comunidad Autónoma en la que te halles. Sin embargo, la mayor parte de ellos se dan a nivel general, y ahora te exponemos los primordiales.
En primer sitio, deberás probar que has residido, aunque de forma ilegal, durante un total de tres años en España.
Es importante que seas un ciudadano de fuera de la UE.
Conseguir un informe favorable del gobierno autonómico de la región en la que vivas.
Pasar una entrevista con tu municipio local.
No contar con de antecedentes penales, ni en España ni en tu país de origen, durante los últimos cinco años.
Conseguir un contrato de trabajo de 1 año de duración (mínimo). Es decir, debemos hallar a una empresa o bien autónomo que esté presto a contratarnos a fin de que trabajemos por él o durante los próximos doce meses.
Demostrar tu vínculo con la sociedad española, así sea económicamente, familiar y social.
Si la comunidad autónoma en la que vives tiene una segunda lengua, vas a deber probar que la entiendes y charlas. Para ello, y por poner un ejemplo en el caso de Cataluña, deberás realizar un curso de catalán de cuarenta y cinco horas.
En las próximas preguntas vamos a ir resolviendo las primordiales dudas sobre cada uno de estos requisitos.
Pero recuerda que, si por tus circunstancias particulares y los requisitos principales no puedes pedir el el arraigo social, aún existen .
¿De qué manera puedo demostrar que he vivido durante 3 años en España?
La forma más fácil y habitual es hacerlo a través de el padrón. . Lo más frecuente es que cuando un extranjero entra en España, se registra en el municipio de su urbe o pueblo. Y la oficina de extranjería toma esa data como inicio del plazo de tiempo vivido en España.
No obstante, hay métodos alternativos.
Pues probablemente de los 3 años en España, solamente has estado empadronado/a a lo largo de los dos últimos. O bien quizá nunca te llegaste a censar. ¿De qué manera probar entonces que has estado en el país?
En ese caso, cualquier movimiento financiero, como por poner un ejemplo pagos a tiendas de tu barrio, o recibos (de la luz, gas, etc.), servirán como justificantes.
El procedimiento para lograr esta clase de residencia temporal puede ser dividido en las siguientes fases:
Entrada en España y vivienda a lo largo de tres años
El primer paso es simple. El extranjero llega a España (sin precisar pedir ningún género de visado de turista), y comienza a vivir en territorio español de forma irregular. Aunque parezca que no hay que hacer absolutamente nada en este paso, eso no es del todo cierto.
Pues para el momento de la solicitud, y como hemos visto en apartados precedentes, debemos poder probar que efectivamente hemos estado viviendo en España. De ahí que que el inmigrante va a deber empadronarse (preferentemente), y comenzar a hacer vida en el país. Es decir, será muy beneficioso si puede apuntarse en centros tipo bibliotecas, si comienza a pagar un alquiler, etcétera
Cita con el ayuntamiento
Una vez pasados los tres años, cita previa tarjeta residencia familiar ciudadano union comenzamos con los trámites legales. Lo primero es conseguir una cita con el ayuntamiento. A lo largo de esa cita, lo que haremos eminentemente va a ser aportar una serie de documentos (los veremos en el apartado siguiente), y rellenar un formulario.
Una vez comprueben que todo este adecuado y no falte nada, nos darán día para una entrevista personal. En esta entrevista comprobaran que hablamos y entendemos castellano (además de catalán en el caso de Cataluña), y nos van a hacer una serie de preguntas para ver si realmente nos hemos integrado en la sociedad española.
En el caso de pasar la entrevista, disponen de treinta días para producir el informe favorable. Y con ese informe podemos pasar al siguiente paso.
Una vez tengamos el informe conveniente podremos pedir cita con la oficina de extranjería para solicitar la vivienda. El listado de documentos a aportar es diferente en un caso así (también lo vamos a ver a continuación).
Después de un máximo de 3 meses de espera de una contestación, nos aprobasen la solicitud.
Conseguir la tarjeta de vivienda
Finalmente, con la resolución positiva, tendremos treinta días para asistir a una oficina de policía, registrar nuestras huellas y conseguir la TIE o tarjeta de identificación del extranjero. Y con eso ya vamos a tener la residencia temporal en España, pudiendo vivir y trabajar de forma legal en el país durante un año.
¿Qué documentos debo aportar?
Tal y como hemos visto en el apartado precedente, cada fase del proceso requiere documentos diferentes. Con lo que es por ello que hemos querido dividir la respuesta en dos apartados diferentes:
Documentos a aportar en la cita previa tarjeta residencia familiar ciudadano union con el ayuntamiento
Pasaporte (original y copia del pasaporte completo)
(si el extranjero lo tiene, de lo contrario no habría problema)
Padrón municipal conjuntamente con el histórico de empadronamiento
Al ser posible y si el extranjero dispone de ello, contrato de alquiler o bien escritura de propiedad de la vivienda en la que reside
Contrato de trabajo de mínimo un año. Este requisito es imprescindible.
En el caso de disponer de vínculos familiares con residentes legales en España, documentación que lo acredite. Este punto ayuda enormemente a lograr una petición exitosa.
Rellenar el formulario de petición del informe del arraigo, que te darán de manera directa allí.
En el en caso de que vivas en Cataluña, realizar un curso de catalán de cuarenta y cinco horas y aportar documentación demuestre que lo has terminado.
Cualquier documento o tarjeta que demuestre tu integración con el país; como por servirnos de un ejemplo el carnet de una biblioteca.
De nuevo, copia del pasaporte y, si dispone de uno, número NIE.
, completo y firmado
Padrón y histórico de empadronamiento, mostrando un mínimo de tres años.
Informe favorable de la Comunidad Autónoma logrado tras la entrevista personal.
Antecedentes penales, correctamente legalizados y traducidos al español.
Acreditación de los vínculos familiares (por poner un ejemplo con un certificado matrimonio, de nacimiento o de pareja en verdad)
Informe del trabajo que el extranjero va a realizar en la empresa.
Pago de la tasa 790/052.
Además, dependiendo de si la oferta de empleo la recibimos por parte de una compañía o por parte de un trabajador autónomo, la documentación exigible asimismo cambia.
En el en caso de que nuestro empleador sea una empresa (persona física):
El contrato de trabajo que nos han enviado, que debe ser de año por lo menos, y debe estar firmado por ambas partes.
Número identificativo de la empresa; esto es, su CIF.
Informe de vida laboral de la empresa.
Escritura de constitución de la empresa, documento que se firmó ante notario.
Documento que acredita que la empresa está al día con sus pagos con la Este documento lo emite directamente dicha institución en forma de certificado; y prueba que no hay deudas.
Documento que demuestra que la compañía está al cargo con sus pagos con la Seguridad Social y sus trabajadores. Dichos documentos son los informes TC1 y TC2.
El contrato de trabajo que nos han mandado, que debe ser de año por lo menos, cita previa tarjeta residencia familiar ciudadano union y ha de estar firmado por las dos partes.
Número identificativo de la empresa; es decir, su CIF.
Informe de vida laboral de la empresa.
Escritura de constitución de la empresa, documento que se firmó ante notario.
Documento que acredita que la compañía está al día con sus pagos con la Este documento lo emite de forma directa dicha corporación en forma de certificado; y demuestra que no hay deudas.
Documento que prueba que la empresa está al cargo con sus pagos con la Seguridad Social y sus trabajadores. Dichos documentos son los informes TC1 y TC2.
En el caso de que el empleador no sea una empresa, sino más bien una persona física o bien autónomo:
Copia del documento de identidad o bien tarjeta de residencia temporal del empleador
De nuevo, contrato de trabajo firmado, de un mínimo de 1 año.
La última declaración de la renta del empleador que nos contrata.
Volante de convivencia empleador
Alta del empleador en el régimen de autónomos.
Alta en el IAE (impuesto de actividades económicas).
Certificado conforme no tiene deudas ni con hacienda ni con la seguridad social.
Los últimos cuatro trimestres del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Tres últimos modelos TC1 y TC2.
Informe de vida laboral de la cuenta de cotización.
Modelo cien del IRPF de los últimos dos años.
Modelos de declaraciones de los Pagos Fraccionados del IRPF, cita previa tarjeta residencia familiar comunitario ciudadano union europea correspondiente a los 4 últimos trimestres
Copia del DNI o bien tarjeta de vivienda temporal del empleador
De nuevo, contrato de trabajo firmado, de un mínimo de 1 año.
La última declaración de la renta del empleador que nos contrata.
Volante de convivencia empleador
Alta del empleador en el régimen de autónomos.
Alta en el IAE (impuesto de actividades económicas).
Certificado conforme no tiene deudas ni con hacienda ni con la seguridad social.
Los últimos cuatro trimestres del Impuesto sobre el Valor Añadido.
Tres últimos modelos TC1 y TC2.
Informe de vida laboral de la cuenta de cotización.
Modelo cien del IRPF de los últimos dos años.
Modelos de declaraciones de los Pagos Fraccionados del IRPF, correspondiente a los cuatro últimos trimestres
¿Cuánto tiempo tarda?
El tiempo total depende de diferentes factores. No obstante, y de forma frecuente, el trámite del arraigo social tarda de entre 3 a 4 meses, de principio a fin.
Así, todo va a depender de:
Lo que tardes en reunir y preparar toda la documentación legal precisa.
Conseguir una cita en la oficina de extranjería.
El tiempo que tarde la administración en producir una contestación favorable.
De estos 3 puntos, el segundo es el que puede presentar una mayor incógnita. Pues preparar los documentos es algo parcialmente rápido, y sabemos que la administración tiene un total de tres meses para emitir su veredicto.
No obstante, la fecha de nuestra cita dependerá de la demanda y la disponibilidad de la oficina de extranjería en ese momento concreto.
¿Cómo puedo ver el resultado de mi petición?
El resultado se recibe mediante notificación electrónica. En el caso de contar con nuestro equipo de abogados para los trámites del arraigo, nos encargaremos de llamarte por teléfono justo una vez que tu aplicación haya sido aprobada para informarte.
Para conseguir cita previa para el arraigo social, . Deberás elegir tu provincia, escoger trámite, y ver qué fechas tienes libres.
Ten en cuenta que, en dependencia del momento del año, posiblemente experimentes ciertos retrasos y no puedas lograr cita hasta de aquí a unos meses.
¿Cuáles son las preguntas que me harán en la entrevista? ¿Qué suelen consultar?
Esto es indudablemente un punto que produce mucha incertidumbre a los inmigrantes que quieren pedir el arraigo. Y, de hecho, es algo absolutamente normal, pues la entrevista con el municipio es una parte esencial para lograr que te aprueben la solicitud.
¿Qué te van a preguntar?
Las preguntas de la entrevista del arraigo social tienen dos finalidades principales. Lo primero es ver que ciertamente entiendes y charlas de España (y catalán en el caso de vivir en Cataluña). Esto lo descubrirán preguntándote si te has inscrito a algún curso de idiomas, y viendo como lo hablas de manera directa. Y lo segundo es comprender de qué manera formas parte de la comunidad.
Es decir, dichas preguntas van a ir sobretodo dirigidas acerca de lo que has estado haciendo a lo largo de los últimos tres años en el país y cuál es tu situación actual. Todo para ver si efectivamente se te puede entregar el arraigo o no.
En el caso de no contar con de contrato de trabajo, también se verifica si ciertamente dispones de medios de tipo económico suficientes.
Si quieres que te asistamos a preparar la entrevista a fin de que aprueben tu solicitud, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. Te vamos a facilitar las principales preguntas que suelen hacer y te asistiremos a saber de qué manera responderlas.
Sí, es totalmente posible lograr el arraigo en España sin tener un contrato de trabajo. Sin embargo, no es lo que recomendamos. Puesto que en ese caso va a ser necesario demostrar la posesión de medios de tipo económico suficientes. Y esto supone incorporar un requisito adicional, que muy frecuentemente es complicado cumplir.
Como recomendación, siempre y en todo momento va a ser mejor disponer de contrato de trabajo. Mas, de no ser posible, deberás demostrar, por lo menos, la posesión de un 150 por cien del IPREM.
Además, ten en cuenta que la autorización de vivienda que te concedan no te va a permitir trabajar en el caso de solicitar el arraigo sin una oferta laboral. No obstante, en el caso de que se pueda justificar que dichos medios económicos los lograremos debido a nuestra actividad como autónomos, entonces sí podremos trabajar por cuenta propia.
Tal y como hemos ido viendo, el arraigo social puede transformarse en una de las vías para . Una vez hayas conseguido este género de residencia por circunstancias excepcionales, vas a poder empezar a efectuar actividades económicas por cuenta propia. Pues dicha residencia tiene aparejada a sí un permiso de trabajo.
¿De qué forma puedo renovar el arraigo?
No es posible renovar el arraigo social. Este género de residencia temporal dura solamente un año. No obstante, si es posible modificarlo cara una autorización de vivienda y trabajo ordinaria. O sea, una vez terminado el primer año como legal, vas a poder seguir siéndolo si cumples con los requisitos precisos.
En ese sentido, podrás , ya sea por cuenta extraña o bien por cuenta propia; o bien a un visado de vivienda no rentable (si no deseas trabajar). Es por eso que aconsejamos que durante los últimos meses, comiences a buscar un trabajo; puesto que sin este no vas a poder renovar el arraigo.
¿Cuánto cuesta el trámite?
Puedes lograr el arraigo por unos 500€. El costo del trámite se divide en 2 partes principales: la gestión del abogado o gestor que preparará y gestionará todos los documentos por ti, cita previa de extranjeros enviándolos a la oficina de extranjería. Y la tasa a abonar a la administración en el instante de la solicitud.
El costo de dicha tasa, modelo 790/052, es de quince con setenta y cinco€.
Por lo que hace a la asistencia legal, en administramos todo el proceso por ti por tan solo 499€. Este precio incluye preparar toda la documentación necesaria, guiarte paso a paso en todo el proceso, ayudarte a preparar la entrevista con el municipio, etcétera Y todo eso eliminando cualquier carga administrativa para ti, para que únicamente debas firmar y puedas .
Si te has quedado con alguna duda sobre la regularización en España, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. ¡Podemos gestionar todo el proceso de petición legal por ti punto por punto para que despreocúpate por nada!