Qué Es Y Como Se Solicita El Permiso De Residencia
Reunirse con sus familiares de forma legal en España. Convivir con la familia directa. Esta es la esencia de la reagrupación familiar. La frase “me deseo traer a mis hijos o bien mis padres a España” hace referencia, cita para renovar tarjeta de residencia en términos generales, a la solicitud del permiso de vivienda por reagrupación familiar.

En la página web oficial del Ministerio de Empleo se recoge la reagrupación familiar como “una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de los extranjeros residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar”.

Ahora que ya sabes qué es la reagrupación familiar, vamos a explicarte quién puede solicitar este permiso de residencia, en qué momento y qué requisitos hay que cumplir.
¿Quién puede solicitar el permiso de residencia por reagrupación familiar?
El reagrupante es el miembro de la familia que tiene vivienda legal en España y que cumpliendo con ciertos requisitos va a poder reagrupar a sus familiares, llamados reagrupados.

El permiso de residencia por cita para renovar nie de larga duración reagrupación familiar debe ser pedido por el reagrupante. Para ello, debe haber residido en España por un periodo mínimo de un año y tener un permiso para radicar en este país a lo largo de, al menos, otro año más. Aparte de este requisito para la concesión de la reagrupación, el residente en España debe disponer de una residencia conveniente y medios económicos suficientes. 
¿Qué se considera ingresos económicos suficientes?
El Ministerio de Empleo cifra esta cantidad en el 150 por ciento del IPREM para unidades familiares de 2 miembros. Esto es reagrupante y reagrupado. Por cada reagrupado más se exige contar con de un 50 por ciento más del IPREM, o sea, reagrupante y dos reagrupados (cónyuge e hijo) deberá disponer de ingresos superiores al 200 por ciento del IPREM. En estos ingresos se computarán los aportados por solicitar cita nie familiares de línea directa que convivan con el reagrupante.

Para acreditar esos ingresos, si el reagrupante trabaja por cuenta extraña debe aportar la última declaración del IRPF y su contrato de trabajo, al paso que si es autónomo, además de su última declaración de la renta, debe aportar la acreditación de estar desarrollando una determinada actividad.
Reagrupación familiar: requisitos y documentación para conseguir esta autorización de residencia temporal 
Además de los requisitos que ya te hemos contado, existen otros requerimientos para reagrupar legalmente a la familia en España. Son los siguientes:
Uno de los primeros y más importantes: no encontrarse en situación irregular en nuestro país, tener prohibida la entrada en España o bien encontrarse dentro de un periodo de no retorno.
No disponer de antecedente penales en nuestro país ni antecedentes por delitos contemplado en el Código Penal español en otros países.
Haber pagado la tasa correspondiente para efectuar los trámites de concesión de la reagrupación familiar.
No haber contraído una enfermedad considerada de repercusión grave para la salud pública. En la se halla la información referente a este género de enfermedades.  
Disponer de cobertura de asistencia sanitaria por parte de la Seguridad Social o bien contar con un seguro médico privado de enfermedades.
¿A quién se puede reagrupar?
Principalmente, los familiares que pueden ser reagrupados son:
Hijos del reagrupante o bien del cónyuge. En este grupo se incluyen los menores, hijos adoptados o incapacitados, toda vez que no estén casados.  Si se trata de un hijo o hijos de uno de los 2 miembros de la pareja, se debe acreditar que tiene la custodia o que ejercita en solitario la patria potestad del reagrupado.
Ascendientes de primer grado del reagrupante o bien de su cónyuge. Es decir, padre o bien madre de uno de los miembros de la familia. Para que esta reagrupación pueda celebrarse, es imprescindible acreditar que ese miembro de la familia ha estado al cargo del reagrupante o bien su pareja mientras estos residían en España. Para ello, por ejemplo, se pueden aportar los envíos de dinero realizados. En la página del Ministerio se remarca que “para reagrupar a los ascendentes, el reagrupante habrá de ser titular de una autorización de larga duración o bien larga duración-UE”.
Cónyuge o aquella persona con la que sostenga una relación equivalente de afectividad. Esto puede darse cuando están inscritos como pareja en algún registro público o cuando se pueda acreditar (con pruebas aceptadas en derecho) esa relación a pesar de no estar registrada.
¿De qué forma se pide la reagrupación familiar y qué plazo tiene la Administración para resolver la solicitud?
El reagrupante debe asistir a la Oficina de Extranjería de la provincia y pagar, cuando se acepte a trámite la petición, la tasa de residencia temporal por reagrupación familiar.

En un plazo de cuarenta y cinco días desde su solicitud, la Administración debe contestar. Si no lo hace, se comprenderá desestimada por silencio administrativo. Si se acepta la solicitud, en el plazo de dos meses el reagrupado debe solicitar el visado. Este se puede pedir en el consulado de España donde radique el reagrupado. Para pedirlo, el reagrupado debe aportar:
Pasaporte o título de viaje válido en España, con vigencia de, solicitar cita nie por lo menos, 4 meses.
Documentación original acreditativa de los vínculos familiares.
Certificado médico.
Un certificado de antecedentes penales del país donde hubiera residido los últimos cinco años.

El consulado debe contestar a la petición en el plazo de 2 meses. De otorgar este documento, el reagrupado va a deber recogerlo en el plazo de un par de meses desde que le avisan su concesión. Si es menor, será su representante legal quien recoja el visado.
Después del visado… El reagrupado debe llegar a España en el plazo de 3 meses
Siguen los plazos cortos. Concedido el visado, el reagrupado tiene de plazo hasta que finalice su valía, no superior a 3 meses, para llegar a España. Una vez en nuestro país, deberá solicitar cita nie la en el plazo de un mes.

La Tarjeta de Identidad de Extranjeros se obtiene en una Comisaría o en la Oficina de Extranjería. Para que sea facilitada, el reagrupado debe presentar:
Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, modelo EX–17.
Tres fotografías recientes y en color.
Justificante del pago de las tasas de la tarjeta.

Como has podido comprobar, los trámites y requisitos son abundantes y los periodos de tiempo muy cortos. De ahí que, para efectuar todos los trámites de reagrupación familiar de manera segura, consulta con un letrado experto.  

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