Renovación Autorización De Residencia De Larga Duración
Debido a las múltiples consultas que recibimos en relación a este trámite les recordamos:

Los titulares de una autorización de vivienda de larga duración deberán solicitar la renovación de la tarjeta de identidad de extranjero cada cinco años. La petición se deberá presentar a lo largo de los sesenta días naturales anteriores a la data de expiración, si se presenta en fecha siguiente, se podría incoar el pertinente procedimiento sancionador.

Los titulares de una autorización de vivienda de larga duración deberán pedir la renovación de la tarjeta de identidad de extranjero cada cinco años. La petición se deberá presentar durante los sesenta días naturales precedentes a la fecha de expiración, cambiar cita previa extranjeria si se presenta en data siguiente, se podría incoar el correspondiente procedimiento sancionador.

* Información lograda a través de la

Les transcribimos el artículo ciento cincuenta del , por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por la Ley Orgánica 2/2009 (en su redacción dada por el Real Decreto 844/2013, de treinta y uno de octubre).

Artículo 150 Renovación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero de los residentes de larga duración

1. Los extranjeros que sean titulares de una autorización de residencia de larga duración deberán solicitar la renovación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero cada 5 años.

2. La petición de renovación va a deber presentarse a lo largo de los sesenta días naturales inmediatamente precedentes a la fecha de expiración de la vigencia de la tarjeta. La presentación de la solicitud en este plazo prorrogará la validez de la tarjeta precedente hasta la resolución del procedimiento. También se prorrogará hasta la resolución del procedimiento en el caso de que la solicitud se presentase dentro de los noventa días naturales siguientes a la data en que hubiese finalizado la vigencia de la precedente tarjeta, sin perjuicio de la incoación del correspondiente procedimiento sancionador por la infracción en la que se hubiese incurrido.

3. La no presentación de petición de renovación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero en los plazos establecidos en el apartado dos no va a suponer en ningún caso la extinción de la autorización de vivienda de larga duración.

4. La petición de renovación de la Tarjeta de Identidad de Extranjero va a ir acompañada de la siguiente documentación:

a) Pasaporte completo en vigor o bien título de viaje, reconocido como válido en España, previa exhibición del documento original.

b) Impreso acreditativo del abono de la tasa por tramitación del procedimiento.

c) Una fotografía, conforme con los requerimientos establecidos en la normativa sobre documento nacional de identidad.

Resaltamos en este punto que para el presente trámite de «renovación de tarjeta de Larga Duración”, normalmente la aplicación no da citas para elaborar las tarjetas de identidad de extranjero mientras que no haya disponibles para una data siguiente a la caducidad de la tarjeta cuya renovación se pretende (puesto que de lo contrario se comenzaría a elaborar la nueva tarjeta durante la vigencia de la precedente).

Asimismo les transcribimos la documentación orientativa que se señala cuando se pide cita previa para la realización del trámite de «TOMA DE HUELLAS (expedición de tarjeta) Y RENOVACIÓN DE TARJETA DE LARGA DURACIÓN«. Marcamos con un asterisco (*) la correspondiente al trámite que nos ocupa:

EXPEDICIÓN DE TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO

IMPORTANTE: Antes de solicitar la cita para el TRAMITE DE HUELLA,  compruebe si el expediente se encuentra en estado de Resuelto favorable y también imprímalo para su  presentación el día de la cita. (  )

DOCUMENTACIÓN PARA LA EXPEDICIÓN DE LA TARJETA DE IDENTIDAD DE EXTRANJERO.

*- Petición rellenada, modelo . original y copia

*- Pasaporte o bien título de viaje o bien, en su caso, cédula de inscripción, (en vigor) y copia de las hojas donde figuren : datos de filiación, fecha de valía, fotografía, visados y sellos.

*- 1 Fotografía reciente en color, tamaño carné y con el fondo blanco.

– Copia de la resolución administrativa de concesión en el caso de autorizaciones iniciales no comunitarias.

– Impresión de la pantalla resuelto-favorable disponible en el apartado Información sobre el estado de tramitación de los expedientes de extranjería.

*- Certificado de empadronamiento actual caso de que haya cambiado de domicilio, (expedido en los 3 últimos meses).

*- En en el caso de que no sea la primera tarjeta, traer la anterior.

*- En el caso de extravío o sustracción de la tarjeta, original y copia de la denuncia en la que consten los datos duplicado del nie cita previa titular de la tarjeta (NIE, nombre, domicilio actual).

*- Justificante del abono de la tasa Modelo setecientos noventa Código 012 del Ministerio del Interior . El impreso se descarga desde el link  .y está compuesto por tres  ejemplares (Administración, Interesado y Entidad Colaboradora). NO SE PUEDE FOTOCOPIAR ya que cada impreso está reconocido con un identificador único (NRC). El importe de la tasa se puede preguntar en el apartado TARJETAS DE INDENTIDAD DE EXTRANJEROS Y CERTIFICADOS DE REGISTRO DE RESIDENTES COMUNITARIOS dentro del siguiente enlace:  

*- En el caso de menores, estos van a deber ir acompañados de su representante legal adecuadamente acreditado y documentado (padre, madre, tutor). Si los menores son estudiantes con visado SME, van a deber aportar el informe favorable de la Delegación de Gobierno.

*- Recuerde que deberán presentarse los documentos originales, que van a ser devueltos una vez cotejadas las copias.